Colombia aprueba una ley que permite que el apellido de la madre pueda ir primero en los hijos; si no hay acuerdo, se decidirá por sorteo oficial

BOGOTÁ, 13 ABR (OCHIRANOTICIAS) – En Colombia, una nueva normativa del registro civil ha modificado la tradicional asignación de apellidos, permitiendo que los padres decidan el orden de los apellidos de sus hijos, e introduciendo un mecanismo inédito: el sorteo oficial cuando no hay acuerdo.
Con la Ley 2129 de 2021, ahora el primer apellido del padre o de la madre puede ir en primer lugar, dependiendo del acuerdo entre ambos progenitores. Esta medida elimina la antigua regla que imponía automáticamente el apellido paterno como primer apellido.
Sin embargo, uno de los cambios más llamativos de la norma es que, en caso de desacuerdo entre los padres, la decisión no queda en manos de ninguno de los dos, sino que se define mediante un sorteo oficial realizado por la Registraduría Nacional del Estado Civil, garantizando imparcialidad en la elección del orden.
La disposición aplica a todos los tipos de familia, incluyendo matrimonios, uniones libres, adopciones y parejas del mismo sexo.
Las autoridades explican que el objetivo de la reforma es fortalecer la igualdad entre madre y padre en la construcción de la identidad de los hijos, eliminando la preferencia automática que antes favorecía al apellido paterno.
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